Con el objetivo de promover y garantizar el desarrollo integral, intercultural y sostenible de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, el diputado José Luis Figueroa Cortés presentó una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica Municipal.
En sesión ordinaria de la LXII Legislatura del Congreso del Estado, el diputado expuso que se busca establecer en el ordenamiento que los Ayuntamientos, las Juntas Auxiliares y órganos de participación ciudadana, promoverán y garantizarán el desarrollo integral, intercultural y sostenible, así como la autonomía de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas que habiten en el municipio.
Además, en los Planes de Desarrollo Municipal, deberán incluir políticas públicas que garanticen el fortalecimiento, la conservación, bienestar y autonomía de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, respetando su cultura, usos, costumbres, tradiciones y sus derechos humanos, con estricto apego a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La iniciativa que pretende modificar la denominación del Capítulo IV y reformas a los artículos 44 y 45 de la Ley Orgánica Municipal, fue turnada a las Comisiones Unidas de Pueblos, Comunidades Indígenas y Afromexicanas y a la de Asuntos Municipales para su estudio y resolución procedente.
Por su parte, la diputada Fedrha Isabel Suriano Corrales presentó una iniciativa de reforma a la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, así como a la Ley Orgánica Municipal para indicar que el Gobierno del Estado y los Ayuntamientos deberán establecer políticas públicas conjuntas y en coordinación, a fin de combatir y sancionar conductas constitutivas de explotación y trabajo infantil.
La legisladora precisó que se deberán impulsar acciones y estrategias para prohibir el empleo y la explotación en el trabajo en contra de niñas, niños y adolescentes, a través de las Unidades Municipales de Prevención y Combate al Trabajo Infantil (UMPCTI).
Mediante la propuesta, se plantean reformas a los artículos 2, 5 y 62 y se adicionan los artículos 131, 131 bis, 131 ter y 131 Quater de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; y se reforma el artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal. Estas modificaciones serán analizadas en las Comisiones Unidas de Asuntos Municipales y de la Familia y los Derechos de la Niñez.
