Habrá nuevos límites de velocidad, la aplicación del alcoholímetro y examen de conducir en todo México, son algunas de las nuevas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.
Esta ley entra en vigor a partir de este miércoles, luego de que ayer fue publicado en el Diario Oficial de la Federación. Con esto, se busca privilegiar al peatón y a los ciclistas.
VELOCIDAD
El decreto ordena a los estados y municipios fijar límites de velocidad, de tal manera que estos sean de:
- 30 km/h en calles secundarias y calles terciarias
- 50 km/h en avenidas primarias sin acceso controlado
- 80 km/h en carriles centrales de avenidas de acceso controlado
- 80 km/h en carreteras estatales fuera de zonas urbanas
- 50 km/h dentro de zonas urbanas
- 110 km/h para automóviles
- 95 km/h para autobuses
- 80 km/h para transporte de bienes y mercancías en carreteras y autopistas de jurisdicción federal.
ALCOHOLÍMETRO
Además, prohíbe conducir con una alcoholemia superior a 0.25 miligramos por litro de aire (mg/L) en aire espirado o 0.05 gramos por litro de sangre (g/dL).
Para los motociclistas estos parámetros serán de 0.1 mg/L o 0.02 g/dL, mientras que no habrá tolerancia para conductores de transporte.
EXAMEN DE CONDUCIR
Además, para obtener una licencia de conducir de cualquier tipo, se deberá demostrar sus aptitudes mediante un examen teórico y práctico.
