La Mesa Directiva de la LXI Legislatura del Congreso del Estado dio cuenta de la iniciativa del diputado Rafael Micalco Méndez para reformar el artículo 6 de la Ley de Medios Alternativos en Materia Penal, con el objetivo de establecer que los medios alternativos solo serán procedentes para las personas no reincidentes.
La reforma precisa que los medios alternativos procederán en los casos en los que el inculpado no tenga antecedentes de haber cometido algún otro delito, o haya participado en un procedimiento de mediación con anterioridad.
En los considerandos de la iniciativa se indica que los medios alternativos en procesos penales son una herramienta para resolver conflictos de manera pacífica y eficiente, pero su aplicación debe ser cuidadosamente considerada, por razones de seguridad pública, fomento de la responsabilidad y eficiencia de recursos.
La propuesta indica que, la limitación para acceder a medios alternativos debe combinarse con programas efectivos de rehabilitación para abordar las causas subyacentes de la reincidencia y brindar a las personas la oportunidad de reintegrarse a la sociedad como ciudadanos responsables y productivos.
