Los padres ya pueden decir el orden de los apellidos de sus hijos, así lo dio a conocer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La Suprema declaró que es inconstitucional un artículo del Código Civil que obliga a registrar a las y los niños en el acta de nacimiento, primero con el apellido paterno y luego con el materno, pues es un hecho que evidencia la desigualdad de género.
Así lo explicó el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar de Larrea, a través de un video que publicó en sus redes sociales:
Por ello, desde ahora la madre y el padre deberán ponerse de acuerdo con el orden de los apellidos.
