¡Tranquilo! SAT da un mes más para presentar la declaración anual

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió hasta el 31 de mayo, el plazo para la presentación de la declaración anual de impuestos del ejercicio fiscal 2020 para las personas físicas.
 
Originalmente esta obligación vencía el 30 de abril, por lo que los contribuyentes tendrán un mes más para cumplir ante el fisco.

Para que la prórroga se haga válida se tendrá que publicar en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

https://twitter.com/SATMX/status/1377636878577451010

¿Quién debe presentar la declaración anual ante el SAT?

El SAT detalló quiénes son las personas físicas que deben presentar su declaración anual:

  • Quienes reciben salarios de un solo patrón o patrona y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre. O si trabajan para dos o más patronas o patrones al mismo tiempo.
  • De la misma forma, declaran ante el SAT quienes obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
  • Si el ingreso anual que percibiste excede, por salarios, los 400 mil pesos.
  • Las personas que perciben ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.
  • Actividades empresariales. Incluidas quienes tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal. Y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad.
  • Quienes cobran rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial), reciben intereses o dividendos.
  • Así como quien vendió o adquirió algún bien o lo enajenaron.
  • Asimismo, si ganaste la lotería, debes declarar ante el SAT.
  • Servicios profesionales, aquellos que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.

Cuáles son los requisitos

  • RFC de 13 dígitos con homoclave
  • Contraseña para acceder a los servicios electrónicos del SAT
  • e.firma vigente
  • Datos bancarios: Banco y CLABE vigente, solo si tienes saldo a favor.

Aquí puedes consultar el micrositio del SAT donde, si eres persona física, podrás realizar tu declaración anual.