Si bien el pasado 10 de julio la Ciudad de México había dado un paso adelante luego de que las Comisiones Unidad de Administración y Procuración de Justicia y de Igualdad de Género prohibieran las terapias de conversión, este viernes 24 de julio se logró un hecho histórico al tipificar los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG) como un delito.
Este hecho se logró durante una sesión extraordinaria, donde el pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó modificar el Código Penal para tipificar el delito de las terapias de conversión y sancionar a aquellos que atenten contra el libre desarrollo de la personalidad e identidad sexual.
Con 49 votos a favor, nueve en contra y cinco abstenciones se logró una reforma al artículo 206 bis del Código Penal local, el cual establece una sanción que va de los dos a los cinco años de prisión, así como de 50 a 100 horas de trabajo comunitario para quien obligue a una persona a practicar “sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos con la aplicación de violencia física, moral psicoemocional, con tratos crueles, inhumanos o degradantes en contra la dignidad humana”.