Comisiones del Congreso de la CDMX aprobaron tipificar como delito las terapias de conversión.

El dictamen señala que, quien incurra en estas prácticas, puede ser castigado hasta con cinco años de prisión.

Con 21 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, las Comisiones Unidas y Procuración de Justicia y de Igualdad de Género del Congreso de la Ciudad de México, prohibieron las “terapias de conversión” sexual.

Los diputados del Congreso local aprobaron en lo general el proyecto de dictamen que tiene como objetivo cambiar el Código Penal de CDMX y tipificar las terapias de conversión como un delito.

La iniciativa para sancionar las “terapias de conversión” conocidas como ECOSIG (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género) fue presentada desde 2018 por el diputado local Temístocles Villanueva. Sin embargo, la discusión entre las comisiones de Administración y Procuración de Justicia, y de Igualdad de Género, inició el pasado mes de marzo.

El dictamen propone reformar los artículos 206 bis, 181 y 182 del Código Penal local, en los cuales quedarían establecidas penas de hasta cinco años de prisión a quien obligue o realice “terapias de conversión” que pretendan corregir la orientación sexual, la identidad o la expresión de género.